Derechos y obligaciones.
Obligaciones de las instituciones en el proceso de evaluación.
I. Cumplir con la programación establecida para la evaluación de su personal;
II. Notificar a Cecceg por escrito y con 48 horas de anticipación la cancelación o solicitud de modificación de la programación de alguna de las evaluaciones;
III. Notificar por escrito a su personal la obligación de asistir al proceso de evaluación en las condiciones, fechas y horarios previamente establecidos;
IV. Brindar facilidades para que el personal se presente a su evaluación con un descanso de por lo menos seis horas; y
V. Remitir a Cecceg los informes que éste le solicite.
Derechos de la persona evaluada.
I. Recibir por parte del Cecceg:
a) Un trato respetuoso y profesional durante el proceso de evaluación;
b) Explicación del procedimiento a seguir en las evaluaciones, su naturaleza, instrumentos a utilizar, duración estimada, tema o temas a profundizar; en el entendido de que impere un ambiente de respeto mutuo y que cualquier inconformidad puede manifestarse en todo momento; y
c) Orientación respecto a la confidencialidad de la información que se genere a virtud de la aplicación del proceso de evaluación.
II. Recibir por parte de la Institución o empresa de seguridad privada:
a) las instrucciones necesarias para la aplicación de cada una de las evaluaciones, entre otras, las relativas a las condiciones personales para la presentación de la evaluación toxicológica y médica; y
b) Una constancia de resultado.